San Juan Del Monte

Categoría: Área reservada para la recreación y educación ecológica.

Importancia: La zona resguarda una gran extensión de bosques de pino que ayudan a la retención del agua; es reguladora del clima local y sirve de refugio para especies de flora y fauna.
Deforestación y sus consecuencias; Que la mayoría de las veces no existen en el campesino una adecuada educación, que lo encamine hacia la conservación del bosque, mediante un aprovechamiento racional, substituyéndolo por siembras o praderas para obtener mejores beneficios a corto plazo, donde la vocación del suelo es propiamente agrícola; Que es urgente revisar otras alternativas de producción técnica y prácticas más adecuadas para el óptimo aprovechamiento de las zonas boscosas; Que el Gobierno del Estado es propietario de un predio denominado «San Juan del Monte», perteneciente al municipio de Rafael Ramírez, Ver., con superficie de 584-62-52 has., y colinda al Norte, en 380 metros con el ejido de las Vigas; al Sur, en 420 metros, con el ejido de Toxtlacuaya; al Oriente, en 3,315 metros.
Que a través de un centro de educación Ecológica es el buen manejo de esta zona prevé un cierto porcentaje de producción de madera como resultado de las prácticas implementadas en los cursos, lo que redundaría en una autosuficiencia del Centro y una reinversión al propio bosque a través de este manejo; he tenido a bien expedir el siguiente:
Se declara área verde Reserva para la «Educación Ecológica» el predio rústico llamado
«San Juan del Monte», ubicado en el municipio de Rafael Ramírez, Veracruz, con superficie de 584-62-52 ha., y el predio vecino a éste con superficie de 25 has., bienes inmuebles del dominio del poder público. Se declara «Centro de Educación Ecológica» las casas marcadas con los números 151 y 153, y el terreno situado entre ellas en la avenida Hidalgo, ubicado en el mismo municipio, bienes inmuebles del dominio del poder público, regulándose su destino en los términos que precisan los artículos siguientes.